LA RELACIÓN PERIODISMO JUSTICIA EN ENTREDICHO

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Se ha convertido como hecho normal que altos funcionarios de estado acuden a la figura constitucional de la tutela para solicitar por esta vía legal rectificaciones periodísticas respecto a publicaciones relacionadas con algunas actuaciones administrativas o de orden familiar conocidas, por tratarse de personajes del orden nacional, como efectivamente lo son.

La relación periodismo justicia no es más que una eficaz herramienta de control político, como social, que debe existir en una verdadera democracia, que le ha prestado eficiente servicio a la rama judicial y a los órganos de control para el inicio de las correspondientes investigaciones tanto penales, fiscales como disciplinarias, no siendo ajena a las transgresiones de jueces y magistrados.

Cómo no recordar los emblemáticos casos de dragacol, foncolpuertos, el carrusel de la contratación, de pensiones, el cartel de la toga, y los recientes, como el de la unidad de riesgo donde la justicia ordinaria esta en mora de judicializar algunos miembros de la cúpula oficial, como a un ex ministro que hizo el ridículo político en una reciente convención partidista queriendo arrogarse facultades de jefe de partido, sin respaldo alguno, solo siguiendo instrucciones oficiales de boicotear ese evento democrático.

El periodismo investigativo o de denuncia se ha convertido en un auxiliar de primer orden del sistema judicial, en especial en aquellos ambientes donde la corrupción campea, cuestionando los extraños pasos procesales, en donde las argucias procedimentales reciben de funcionarios judiciales un tratamiento laxo que genera incertidumbre social.

Ahora bien, si se utiliza la tutela para acallar denuncias e irregularidades en la gestión de gobierno por parte de los medios, se estaría frente a un sistema totalitario que conduciría más temprano que tarde a trocarla en una especie de censura y podría darse si los jueces no resuelven con equidad lo que se pide, dándole al uso a esa acción de amparo un sentido y alcance que no tiene.Sólo se pide no desnaturalizar esta herramienta, como logro constitucional, la que lamentablemente ha perdido su real valor y peso jurídico en el campo de la seguridad social con decisiones por fuera del orden legal, que hace pensar al decir de muchos, la necesidad de la creación de la jurisdicción constitucional, con funcionarios especializados y conocedores del derecho público para evitar que a través de fallos de tutela se violen derechos fundamentales incurriéndose en abusos judiciales constituyendo fuente de denegación de justicia.

ADENDA. Bien hace el nuevo magistrado de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia posesionarse ante el presidente de la corporación ante los desplantes e irrespeto institucional por parte del inquilino de la casa de Nariño de no hacerlo como cabeza de la rama ejecutiva, delegando ese ceremonial en personal subalterno. A tiempo de dignificar el ejercicio de la función jurisdiccional ante los desaires recibidos, que deja un sin sabor en una rama que hace parte de la estructura estatal, tan importante como la ejecutiva.El nuevo magistrado está haciendo uso de una norma legal consagrada en la ley estatutaria que permite esa opción, bien por esa decisión, que responde a la independencia judicial que debe darse en la rama judicial.

ADENDA DOS. Mi reconocimiento a los asistentes convencionistas del PL en el reciente evento democrático celebrado en Cartagena de Indias por el voto de confianza recibido a la lista que lideré para continuar integrando el Consejo Ético disciplinario de la colectividad, en la compañia con ocho magistrados más, labor desarrollada, con apego al debido proceso, el libre disenso, el derecho a la defensa y a la contradicción.

Por: J.Ferney Paz Q – Exmagistrado

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